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Publicado: Mar Jun 24, 2008 10:31 am
por saabotaje
Pos como te pillen los civiles haciendo uso indebido de las luces antiniebla te calcan una multa de 150 ebros por infraccion del 106.2 del Reglamento de circulacion. Que lo sepas.

Publicado: Mar Jun 24, 2008 11:35 am
por torero2000
Nacho escribió:...
Yo en mi skoda hago lo siguiente, no se que opinareis: como las luces antiniebla están integradas en los faros en lugar de en la defensa, suelo llevar estas encendidas durante el día en lugar de las de cruce porque pienso que se ven practicamente igual, pero molestan menos.... además es que fardo que te cagas!!!! :lol: :wink:
La idea es buena y debo admitir que también suelo hacerlo de vez en cuando. :roll: :roll: Sin embargo no está permitido. El código indica claramente en qué ocasiones únicamente se pueden usar las luces de niebla delanteras y traseras. Si te topas con un poli quisquilloso te cae una multa que no te digo. :evil: :shock:
_________________
Saludos

93 tid Cabriolet A6 azul eléctr.(07)
BMW R 100 RT gris-humo/plata (90)
ex-95 Sedan 2.3 TS (260cv) Aero plata (06)
ex-Renault Megane Cabrio 1.6i (05)
ex-BMW 330 ci Cabrio (00)
ex-MB SLK 2.3 Kompr. AMG (99)
ex-otros 15 NO-Cabrios (70-00)

Publicado: Mar Jun 24, 2008 1:49 pm
por Nacho
Pues no lo sabía, la verdad. Y mira que me tengo cruzado con polis y guardias civiles, pero claro, al ir en el faro no se debe notar demasiado.

Haré caso de vuestro consejo. Yo creo que no era mala idea, pero la pela es la pela...

Publicado: Mar Jun 24, 2008 7:10 pm
por Álvaro Ruiz
torero2000 escribió:Por qué lo dudas ? Tienes otras informaciones ...??!
No, pero viniendo de esa fuente presupongo o que es mentira o que han metido la pata, cosa que ocurre en el 90% de lo que sale en "Autobild". Hacía unos meses que no la compraba y la semana pasada la compré a ver qué tal... menos de 10 minutos después me había arrepentido, era como siempre, la misma basura mediática para quinceañeros que se ponen palotes con un Ferrari. No hay más que echar un vistazo a la sección de cartas de los lectores para ver el elevado nivel de la revista :? . También compré "Altagama" y a su lado, parece un tratado de objetividad e información :roll:

Publicado: Mié Jun 25, 2008 9:25 am
por dacer
lo del tema de los antiniebla, es ilegal llevadlos encendidos si no es necesario, tal y como deciis. Ahora, hay coches, como los mercedes que usan los antiniebla para la iluminacion en curva. Fijaos que si llevan las luces encedidas, y giran (bastante), se enciende el antiniebla del lado al que giran. Logicamente esto no es controlable, asi que los civiles no podrian multar a nadie por eso.

Yo los antiniebla (vivo en almeria, aqui puede haber niebla en lugares cerca del mar, y a ciertas horas, pero no suele ser muy densa) los uso sobre todo en zonas donde hay mal asfalto o es un camino de tierra, ya que al estar tan bajos y abrir tanto el angulo, se detectan mas facilmente las irregularidades del suelo. Asi me ahorro unos cuantos llantazos.

(ahhh, gracias MF por contarme la historia de la segunda luz de niebla trasera)


Editado:
Del tema original del post, yo 100% de acuerdo en llevar las luces 24h encendidas. El gasto que genera, es minimo, respecto a la ventaja de ser visto (ojo, digo de ser visto, no de ver, ya que es realmente para lo que sirven las luces de cruce). Siempre he dicho, que sea la hora que sea, me ha resultado mas facil calcular las distancias con un coche cuando lleva las luces encendidas.

Publicado: Mié Jun 25, 2008 10:54 am
por Jaabier
Nuestros autos suecos ya vienen preparados para ello, con poner el fusible correspondiente ya estan funcionando.
Ya existen en el mercado faros adicionales de luz diurna (con su correspondiente homologación) y ahora también los de luz de curva, al menos Hella ya los tiene.
A mi me molan más las del Citroën C6.

Posiblemente en el Octavia no se enteren que llevas la luz de niebla, se confundirá con la de cruce como el las mercedes vito antiguas los A3 y Passat que va integrada con la luz de cruce, que por cierto me parece una chapuza, lleva una bombilla H4 y da cruce con el filamento de larga y niebla con el de cruce, si llevas ambas luces encendidas la bombilla se estará friendo, pero bueno hay que vender bombillas.

Publicado: Dom Jun 29, 2008 2:59 pm
por VR
Me uno al club de las luces puestas, aunque la mitad de los coches con los que me cruzo me hagan ráfagas.

Publicado: Dom Jun 29, 2008 3:11 pm
por fluvi
en los paises nórdicos como noruega y suecia debido es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas, debido a la gran sinuosidad de sus carreteras y a que apenas hay autovías. Como es obligatorio, jamás ponen a sus coches el sensor de luces (fijaros que no es ni de serie ni opcional) para ellos no les sirve!!
Es cierto que para el 2010-2011 será obligatorio en toda la unión europea. Yo las llevo siempre en carretera y la verdad que ves los destellos desde muy lejos, y es muy útil, aunque sigue habiendo un alto indice de apamplaos que no paran de echarte ráfagas...

Publicado: Dom Jun 29, 2008 4:06 pm
por Martín
fluvi escribió:en los paises nórdicos como noruega y suecia debido es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas, debido a la gran sinuosidad de sus carreteras...
Te equivocas. No tiene nada que ver con eso... casi que todo lo contrario.

Publicado: Dom Jun 29, 2008 4:35 pm
por chemavity
Os habeis fijado en que en los tramos en obras, sobre todo donde hay circulación contraria en tramos de autovía hay señales de obligatoriedad de encender la luz de cruce, igual que en los túneles? Yo la vi por primera vez en las obras de pavimentación en el tramo de la A7 donde yo vivo hace un par de días.

Publicado: Dom Jun 29, 2008 4:57 pm
por fluvi
Martín escribió:
fluvi escribió:en los paises nórdicos como noruega y suecia debido es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas, debido a la gran sinuosidad de sus carreteras...
Te equivocas. No tiene nada que ver con eso... casi que todo lo contrario.
Si me equivoco me lo demuestras, de suecia no puedo hablar mucho, pero en noruega estuve en Stavanger un semestre, y las carreteras sobre todo las de fiordo buenas, lo que se dice buenas, no son. Todas de de doble sentido y si te has fijado el límite es de 90 km/h en el 80% de las carreteras, y los únicos que pasamos el límte somos los españoles.

Adjunto documentación
Codigo de circulación: Supuestos especiales de alumbrado: La luz antiniebla delantera, podrá utilizarse aisalada o simultaneamente con la de corto alcance en caso de:
- niebla (era de esperar)
- lluvia intensa
- nubes de humo o polvo
- Vías estrechas con muchas curvas

PD. he contestado sin acritud, estoy abierto a todo tipo de opiniones, e incluso a que me demostreis que estoy equivocado (cosa que dudo :roll: )

Publicado: Dom Jun 29, 2008 5:10 pm
por Rafael
fluvi escribió:en los paises nórdicos como noruega y suecia debido es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas, debido a la gran sinuosidad de sus carreteras...
Hombre, la función de llevar las luces encendidas de día es para que te vean, así que ¿para qué las quieres en carreteras sinuosas? si de todas formas no te van a ver porque no estarás en el campo de visión de los demás conductores...las luces tienen utilidad en grandes rectas, para que te puedan ver desde mucho tiempo antes de que se cruzen contigo...

Publicado: Dom Jun 29, 2008 9:47 pm
por fluvi
Rafael escribió:
fluvi escribió:en los paises nórdicos como noruega y suecia debido es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas, debido a la gran sinuosidad de sus carreteras...
Hombre, la función de llevar las luces encendidas de día es para que te vean, así que ¿para qué las quieres en carreteras sinuosas? si de todas formas no te van a ver porque no estarás en el campo de visión de los demás conductores...las luces tienen utilidad en grandes rectas, para que te puedan ver desde mucho tiempo antes de que se cruzen contigo...
Estas en lo cierto, pero ademas de las rectas, con carreteras sinuosas me refiero a cuando hay sucesion de varias curvas seguidas y cerradas, no viene mal haberlo visto de lejos y ceñirte al lado derecho de la calzada. (Tb puedes pitar como hacían nuestros padres).
Conculsion: En las rectas vienen bien, en las curvas sucesivas tb, luego veo logico llevarlas siempre

Publicado: Dom Jun 29, 2008 10:54 pm
por JoseRC
fluvi escribió:(Tb puedes pitar como hacían nuestros padres)
Parece que lo dices como si fuese algo "demode", fuera de uso o de "viejo". Quizás nuestros padres conocian el Reglamento General de Circulación y nosotros no. Fíjate en el apartado 2 a)

Artículo 110. Advertencias acústicas.

1. Excepcionalmente o cuando así lo prevea alguna norma de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, podrán emplearse señales acústicas de sonido no estridente, y queda prohibido su uso inmotivado o exagerado.

2. Las advertencias acústicas sólo se podrán hacer por los conductores de vehículos no prioritarios:

a) Para evitar un posible accidente y, de modo especial, en vías estrechas con muchas curvas.

b) Para advertir, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo.

c) Para advertir su presencia a los demás usuarios de la vía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70. (si llevas un herido).

:P :P

Publicado: Dom Jun 29, 2008 11:40 pm
por fluvi
JoseRC escribió:
fluvi escribió:(Tb puedes pitar como hacían nuestros padres)
Parece que lo dices como si fuese algo "demode", fuera de uso o de "viejo". Quizás nuestros padres conocian el Reglamento General de Circulación y nosotros no. Fíjate en el apartado 2 a)

Artículo 110. Advertencias acústicas.

1. Excepcionalmente o cuando así lo prevea alguna norma de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, podrán emplearse señales acústicas de sonido no estridente, y queda prohibido su uso inmotivado o exagerado.

2. Las advertencias acústicas sólo se podrán hacer por los conductores de vehículos no prioritarios:

a) Para evitar un posible accidente y, de modo especial, en vías estrechas con muchas curvas.

b) Para advertir, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo.

c) Para advertir su presencia a los demás usuarios de la vía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70. (si llevas un herido).

:P :P
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